
LOS MEDIOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS
Agregado el 05 de mayo de 2025 por fincasoft
En aplicación del artículo 5º de la LO 1/2025 de 2 de enero, se debe requerir al comunero infractor ofreciéndole una solución alternativa previa a la presentación de demanda civil o mercantil.
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