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Consultas > Gastos > Fondo de reserva
Consultas > Gastos > Fondo de reserva

Consultas

86 - ¿Es obligatorio establecer un Fondo de reserva en la Comunidad? En caso afirmativo, ¿de qué cantidad debe dotarse dicho Fondo?

Sí. Se trata de una novedad introducida por la reforma operada en la Ley 8/1999 de 6 de abril.La cantidad no deberá ser inferior al 5 por ciento del último presupuesto ordinario de la Comunidad, pudie...
08 de marzo de 2015 |  » ver más « 

87 - ¿Para qué sirve el Fondo de reserva? ¿Puede utilizarse para atender los gastos corrientes de la Comunidad, supliendo la falta de liquidez transitoria de la Comunidad por impago de algún comunero?

Sólo deberá utilizarse para atender los gastos correspondientes a obras de conservación y reparación de la finca, tanto de naturaleza ordinaria como extraordinaria, conforme a las obligaciones conteni...
08 de marzo de 2015 |  » ver más « 

257 - ¿Es necesario constituir un fondo de reserva en la Comunidad?

Por supuesto, y su cuantía no deberá ser inferior al 5% del último presupuesto ordinario. (Ver art. 9 L.P.H.) Sin embargo, con cargo al fondo de reserva podrá suscribirse un contrato de seguro que cub...
08 de marzo de 2015 |  » ver más « 

258 - ¿Se puede acordar que el fondo de reserva sea superior al 5% del último presupuesto ordinario? ¿Y si algún propietario no quiere pagar por ello?

Por supuesto, y si algún propietario no está conforme deberá impugnar judicialmente el acuerdo, sin embargo, seguirá obligado a contribuir al fondo de reserva salvo resolución judicial a su favor.
08 de marzo de 2015 |  » ver más « 

259 - ¿Se puede acordar que el fondo de reserva se destine a fines distintos de los de reparación y conservación de los elementos comunes de la Comunidad?

No. El fin al que se ha de destinar el fondo de reserva está designado por el art. 9 de la L.P.H., y ha de ser exclusivamente el de atender a las obras de reparación y conservación de la finca.
08 de marzo de 2015 |  » ver más « 

260 - ¿Qué ocurre si al final del ejercicio se ha consumido el fondo de reserva?

Que debe reponerse nuevamente haciendo constar en la contabilidad la partida correspondiente y siempre en un importe no inferior al 5% del presupuesto ordinario.
08 de marzo de 2015 |  » ver más « 

261 - ¿Qué ocurre si al final del ejercicio no se ha consumido el fondo de reserva? ¿Hay que aumentar el fondo con otro 5% respecto del último presupuesto ordinario.

No. Si ya existe el fondo de reserva y su importe es igual o superior al 5% del último presupuesto ordinario no hay que hacer nada más, es suficiente.
08 de marzo de 2015 |  » ver más « 

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