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Consultas

204 - ¿Se requiere de la autorización de la Comunidad para poder realizar una rampa de acceso al inmueble para posibilitar el tránsito de personas con minusvalía, o basta con el permiso del presidente?


Es preceptiva la autorización de la Junta, y no basta con el permiso del presidente de la Comunidad, aún siendo para efectuar esta obra para facilitar el acceso de personas con minusvalía a la Comunidad.

Agregado a Consultas por Fincasoft el 08 de marzo de 2015



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