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Consultas

266 - ¿Qué ocurre si cuando se va a sustituir o instalar un nuevo ascensor algún propietario vende su vivienda en el transcurso de la instalación?


Responderán solidariamente de la obligación de pago, tanto el propietario vendedor, como el comprador. Pero éste último sólo abonará las cuotas vencidas de la anualidad en curso y la anterior, sin perjuicio, claro está, de los pactos privados que entre ambos acuerden, como por ejemplo, descuento del precio de la compra del inmueble, asumiendo el comprador los gastos comunitarios.

Atendiendo a la realidad social en la que nos encontramos, la instalación de los ascensores constituye un servicio de interés general o comunitario, que con independencia del incremento económico para la ejecución de la obra requerida, comporta claros beneficios a cada uno de los pisos o locales, revalorizando las propiedades en el mercado, más aún cuando existen subvenciones que superan la mitad del coste de la instalación del elevador.


Agregado a Consultas por Fincasoft el 08 de marzo de 2015



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