141 - ¿Puede publicitarse la lista de los propietarios deudores a la Comunidad?
				
				
              Sí. No debe entenderse como algo perjudicial para la imagen de los deudores, sino como una garantía para que el resto de los comuneros pueda conocer el estado de deudas y deudores de la Comunidad, y para que exista claridad en las votaciones.