¿PUEDE EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD COBRAR POR SU CARGO?
Agregado el 29 de septiembre de 2025 por fincasoft
💡 ¿Puede el presidente de la comunidad cobrar por su cargo?
En muchas comunidades surge esta duda: ¿es posible retribuir al presidente?
✅ No existe una prohibición expresa. La Ley de Propiedad Horizontal no impide que el presidente cobre por ejercer su función, siempre que así se apruebe en Junta.
📋 Eso sí, para hacerlo correctamente:
⚖️ En la práctica, muchas comunidades optan por una solución más sencilla:
👉 eximir al presidente del pago de los gastos comunes durante su mandato.
📌 Lo importante es que quede reflejado y aprobado en acta para evitar conflictos futuros.
¿En tu comunidad se ha planteado esta posibilidad? Cuéntanos cómo lo gestionáis.
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#AdministracionDeFincas
#LeyDePropiedadHorizontal
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#PresidenteDeLaComunidad
#JuntaDePropietarios
#NormativaLegal
#Vivienda
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En muchas comunidades surge esta duda: ¿es posible retribuir al presidente?
✅ No existe una prohibición expresa. La Ley de Propiedad Horizontal no impide que el presidente cobre por ejercer su función, siempre que así se apruebe en Junta.
📋 Eso sí, para hacerlo correctamente:

- Debe incluirse en el orden del día que el cargo será retribuido.
- Se vota primero quién ocupará el cargo y después si será retribuido o no.
- Debe fijarse la cuantía exacta. Si no hay acuerdo, se pueden proponer varias opciones y decidir en Junta.
⚖️ En la práctica, muchas comunidades optan por una solución más sencilla:
👉 eximir al presidente del pago de los gastos comunes durante su mandato.
📌 Lo importante es que quede reflejado y aprobado en acta para evitar conflictos futuros.
¿En tu comunidad se ha planteado esta posibilidad? Cuéntanos cómo lo gestionáis.
#ComunidadesDePropietarios
#AdministracionDeFincas
#LeyDePropiedadHorizontal
#GestiónComunitaria
#PresidenteDeLaComunidad
#JuntaDePropietarios
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